Modelo de Organización, Gestión y Control para la Prevención de Delitos
La Ley Orgánica 5/2010 introdujo en el Código Penal la posibilidad de que las personas jurídicas puedan ser condenadas por la comisión de determinados delitos.
___________
Como consecuencia de ello y siendo el cumplimiento de la legalidad uno de los principios y valores esenciales que rige su actividad, el Consejo de Administración de ENUSA Industrias Avanzadas, S.A., S.M.E. (ENUSA), aprobó implantar un Modelo de Organización, Gestión y Control para la Prevención de Delitos (en adelante, el “Modelo”), en el cual se establecen las normas y controles necesarios para tratar de evitar en la medida de los posible la comisión de conductas delictivas por parte de los administradores, directivos y empleados de ENUSA o, al menos, cuando ello no sea posible, facilitar su detección. Asimismo, como parte integrante del citado Modelo, ENUSA ha aprobado un Protocolo de Anticorrupción y un Protocolo de Canal de Denuncias.
___________
Tal y como se establece en el Código de Conducta, el Modelo y los Protocolos citados son de obligado cumplimiento para todos los administradores, directivos y empleados de ENUSA. Por lo tanto, el incumplimiento de las normas y controles establecidos en ellos podrá constituir una falta disciplinaria y, por ende, dar lugar a la imposición de la correspondiente sanción disciplinaria.
___________
Asimismo, el Protocolo de Actuación en caso de Detección de Irregularidades tiene como objeto, por un lado, regular los términos en los que deberán realizarse las investigaciones internas una vez se hayan detectado posibles incumplimientos de las normas y controles previstos en el Modelo y los citados Protocolos; y, por otro, establecer el sistema disciplinario de aplicación en caso de que tales investigaciones confirmen la realidad de esos incumplimientos”
___________
Descarga:
– Protocolo anticorrupción
– Protocolo de actuación en caso de detección de irregularidades
– Parte general del Modelo de Prevención de delitos de ENUSA